
No. La presentación de quejas o reclamaciones es un trámite totalmente gratuito.
Te responderán a la mayor brevedad posible dentro del plazo de 30 días.
Las decisiones tomadas por un órgano inferior pueden ser revisadas por su inmediato superior. De modo que si no estás conforme con lo decidido por el/la Juez/a de Paz, puedes recurrir en apelación al Juzgado de Primera Instancia de tu partido judicial (si se trata de un asunto civil) o al Juzgado de Instrucción de tu partido judicial (para asuntos penales).
Puedes presentar una queja de forma oral o escrita ante el Fiscal Jefe de la Fiscalía respectiva, ya que el Ministerio Fiscal tiene una organización jerárquica.
No obstante, el Ministerio Fiscal tiene un órgano entre cuyas funciones está atender especialmente este tipo de situaciones; se trata de la Inspección Fiscal que tiene su sede en Madrid.
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